1. Las políticas territoriales, y las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipales (1996/1997).
Aunque el planeamiento es municipal, su carácter es territorial, y también local. Por la parte territorial el Plan viene delimitado por la legislación autonómica que afecta al territorio: las Directrices Regionales de Ordenación del Territorio [DROT] el Plan de Ordenación de Recursos Naturales de Asturias –PORNA- y el Plan de Ordenación del Litoral Asturiano [POLA]; y por políticas sectoriales supra municipales, como son el dominio público hidráulico (cauces) y marítimo terrestre, carreteras, red ferroviaria, energía y cementerios. Es lo que se denomina el espacio de las afecciones, esto es, el ámbito de decisiones políticas y administrativas que afectan al Plan, y cuyas determinaciones el Plan no puede traspasar.
El PGO parte de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal (NSPM) del año 1996 (texto Refundido y publicado en 1997). De manera que partiendo de estas Normas, se mantiene lo que está bien, se amplía lo necesario y se modifica aquello que resulta inadecuado o insuficiente para solventar los problemas actuales, y planifica nuevos crecimientos acordes a las necesidades previstas. Cabe destacar que las Normas que ahora se revisan han dejado pendiente la definición de los Suelos Urbanizables de Oreyana, que todavía sigue sin urbanizar (suelo Urbanizable no sectorizado).
2. La protección ambiental y los valores del territorio.
El modelo territorial del PGO -denominado de “reequilibrio de usos”- se basa, entre otros aspectos, en la protección de los hábitats naturales reduciendo o minimizando los impactos derivados de la actividad humana. Los valores paisajísticos y productivos del territorio justifican el acento en el aprovechamiento semi-extensivo y extensivo del Medio Rural preferentemente de carácter ganadero, junto con la silvicultura; estos aprovechamientos son compatibles con los usos residenciales o productivos que cumplan las determinaciones ambientales que se derivan de la protección del hábitat.
Los valores del patrimonio natural y cultural y los suelos de dominio público a reservar se recogen en el Catálogo Urbanístico. El patrimonio, tanto el natural como el cultural, son los espacios, elementos y conjuntos que la sociedad decide preservar como herencia recibida, las señas de identidad del concejo.
No solo hay que proteger la naturaleza, también hay que protegerse de ella. Los riesgos que afectan al concejo son los de inundación, episodios torrenciales y subsidencias (hundimientos del terreno).
En los suelos en áreas inundables tienen una profunda restricción de usos. Están delimitados como Especial Protección de Cauces o Costas.
La existencia de dolinas tan común en un sustrato calizo como es el del concejo plantea problemas a la edificación, especialmente en el área rural, por riesgos de hundimientos del terreno. Por ello la concesión de licencias en éstas áreas de prevención deben ir avaladas por un estudio geotécnico.
3. Agua y saneamiento.
Considerando el volumen actual de agua consumida y los crecimientos previstos, incluso si se consolidase el volumen total de viviendas potenciales, la dotación de agua que aparece en el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrológica del Cantábrico Occidental sería suficiente para atender la demanda.
La ejecución de obras necesarias de mejora de captaciones y de las redes de distribución garantiza un abastecimiento correcto del municipio, aunque se necesitará un nuevo depósito en El Espino, para abastecer el Suelo Urbanizable previsto en la zona de Oreyana, Platas y El Fuerte.
Además de este depósito son necesarias obras mejora de la red en el sector de Guadamía y en el sector Calábrez – Sardéu, para reducir pérdidas y garantizar el abastecimiento de los crecimientos que puedan producirse, y los incrementos en la época estival.
En cuanto a la depuración de los vertidos, son necesarias las siguientes actuaciones:
- Colector general para los desarrollos de Platas, Oreyana y El Fuerte.
- Nuevas conexiones en zona oriental del municipio para llevar los vertidos a la depuradora del polígono de Guadamía.
- Conectar a la red general los vertidos de los núcleos ribereños del Sella, Llovio, Santianes, Omediana y Fríes.
- Red de recogida de aguas residuales en la cuenca del río Vega (Vega, Barréu, Torre, Bones, Linares, Alea y Calábrez).
Y en general la extensión de las actuales redes al conjunto de los núcleos rurales, lo que afecta a 30 núcleos rurales por todo el municipio.
El PGO identifica las necesidades y propone actuaciones orientativas, pero éstas quedan fuera de su capacidad económica de programación, que dependen de la administración local y de otras administraciones como la Confederación Hidrográfica del Cantábrico (CHC).
4. Dotaciones. Carreteras, equipamientos, zonas verdes.
Las dotaciones urbanísticas comprenden las comunicaciones, equipamientos, servicios urbanos, zonas verdes y espacios libres.
4.1 Carreteras.
Por el concejo discurren la Autovía del Cantábrico A-8 y las carreteras N-632, N-634 y la AS-263, que se convierten en travesías a su paso por Suelo Urbano, siendo la red vial elemento vertebrador de la estructura urbana. Otras carreteras tienen solo carácter local.
El problema más relevante es el acceso por carretera a la Villa y a los enclaves circundantes, que en la época estival están colapsados. El Plan propone las siguientes soluciones:
- Acceso oriental. Nuevo vial que mejore al actual acceso a la parte oriental de Ribadesella que, bordeando Collera enlace con la AS-263
- Puente de Llovio. Un segundo puente sobre la ría, generando un nuevo acceso a la Villa por la margen izquierda.
- Nudo del Carmen. Desde el enlace con la A-8 en Pandu se mejora la carretera local hasta su entronque con la AS-341 en El Carmen.
- Mejora de la RS-2. Mejora la conectividad de los núcleos de la margen izquierda, sin necesidad de pasar por Ribadesella.
- Conexión Guadamía. Conecta el enlace de la A-8 en el polígono de Guadamía con la AS-623. Se dota de un nuevo acceso a la zona industrial, dará acceso a los núcleos de la rasa oriental, y descongestionará la entrada en Ribadesella
- Mejora de la N-632. Entre la glorieta de San Esteban y el puente de Ribadesella.
- Ensanche del puente, mejorando su capacidad peatonal.
4.2 Equipamientos y zonas verdes.
El equipamiento urbano comprende el sector de educación, el deportivo, sanitario, asistencial, cultural, administrativos y otros, conformando una oferta muy variada que en Ribadesella cubre la demanda actual, de acuerdo a los estándares urbanísticos.
El PGO cuenta con una estrategia para que en el caso de que se incremente la demanda, sea posible cubrirla. El PGO deberá propiciar la disposición de suelos suficientes estratégicamente situados, para que los organismos competentes puedan construir los que en el futuro se necesiten. Estos suelos estratégicos se encuentran ubicados en el Suelo Urbanizable, que junto con el suelo de dominio público del Puerto, garantizan la disponibilidad suficiente de suelo para estas dotaciones, así como para cubrir la demanda de aparcamientos. El sistema previsto para su adquisición es el de cesión tanto en las Unidades de Actuación de los suelos urbanos, como en los sectores del Suelo Urbanizable.
Las zonas verdes, espacios libres, parques, jardines y áreas recreativas completan este capítulo de dotaciones. Las Unidades de Actuación en Suelo Urbano es el instrumento para obtener los suelos necesarios para zonas verdes de ámbito local (a razón de 5 metros cuadrados por habitante) en función de la dinámica de crecimiento.
En la Villa el problema más acuciante se encuentra en la escasez de aparcamientos, y a resolver el problema destina el PGO diversas estrategias y operaciones, a través de la política de suelo (véase apartado siguiente y los apartados 7 y 9).
5. El puerto.
Comprende los suelos de Dominio Público delimitado por Costas. Es el área estratégica para solventar las deficiencias de dotaciones de la Villa. Hay zonas ya urbanizadas (Paseo de la Princesa Letizia, Paseo de la Grúa, puerto deportivo) quedando pendiente la urbanización del resto del ámbito, con la asunción y mejora de las dotaciones previstas y existentes.
En la actualidad el puerto deportivo es el segundo de Asturias por amarres, tras el de Gijón. La ordenación del sistema portuario permitirá, conjuntamente, dotar de servicios a la villa; entre ellos, la ampliación del número de aparcamientos.
6. La clasificación y calificación del suelo.
Se define como el régimen jurídico del Suelo (Derechos y Obligaciones) a la clasificación del suelo es una de las principales herramientas del Plan en la organización de la estructura territorial y en el modelo de desarrollo urbano. La clasificación –definida legalmente- divide los suelos en tres clases[1]:
- Suelo urbano: el que ocupa la ciudad construida y los solares vacantes dentro de la trama urbana: Suelo Urbano no consolidado.
- Suelo no urbanizable: el que corresponde al espacio rural (Medio Rural).
- Suelo urbanizable: aquel destinado al crecimiento y expansión de la ciudad, con el fin de cerrar las tramas urbanas, de ahí su poca importancia, pero que no está aún urbanizado (no dispone de calles ni de servicios).
[1] Las definiciones que siguen no son exactas, pero sirven de aclaración para los menos iniciados en el lenguaje técnico jurídico del urbanismo.
7. Suelo urbano. Áreas edificables.
7.1. Suelo Urbano Consolidado
Es aquel cuyos terrenos reúnen la condición de solar, y pueden ser objeto de obtención de licencia. El Suelo Urbano consolidado contiene diversos tipos según su destino y morfología. A cada uno de estos tipos corresponden diferentes ordenanzas de edificación, las cuales pueden consultarse en el Volumen II del PGO.
El suelo urbano consolidado residencial es el formado por el Casco Histórico, la Trama Tradicional en torno al Casco Histórico, el ensanche de Manzana Cerrada, los polígonos de Bloque Aislado, y la Ciudad Jardín compuesto por viviendas unifamiliares con parcela.
El suelo urbano consolidado productivo lo forman el Área Industrial, y la Zona Terciaria, destinada a todo género de servicios al público que no sean de tipo industrial
También forma parte de esta categoría de suelo el destinado a dotaciones (las vías públicas, aparcamientos, equipamiento social, zonas verdes y espacios libres).
Quedan clasificadas como suelo urbano las siguientes Áreas de Planeamiento Incorporado (con planeamiento de desarrollo aprobado):
API 01 La Nogalera. Vivienda unifamiliar aislada
API 02 La Llosona, con capacidad para 366 viviendas. (50% ya construidas)
API 03 Astursella, con solares pendientes de edificar.
API 04 Monte Somos, con solares pendientes de edificar.
API 05 Guadamía Este. Industrial, en avanzado proceso de ocupación.
Son Áreas de Planeamiento Remitido (sin terminar procesos de planeamiento de desarrollo):
APR-01. El Fuerte Norte
APR-02. Mantequeru
APR-03. El Concilio
Y Áreas de Planeamiento Específico (APE), objeto de protección especial, por sus cualidades históricas y culturales:
APE-01- Conjunto Histórico
7.2 Suelo Urbano No Consolidado.
Son aquellos suelos que no tienen condición de solar, pero que forman parte de la trama urbana. Para su desarrollo necesitan cumplir algunas condiciones de reparcelación, urbanización, cesión de dotaciones o de diseño. Dentro de estos suelos no consolidados están: El Fuerte Norte, Mantequeru y El Concilio. A la vez se consideran las siguientes Unidades de Actuación, pequeñas áreas que más allá de la gestión, en algunos casos precisarán de un Estudio de Detalle que ordene la edificación:
- Villar y Valle (Atalaya, UA -01) Mejora de la red viaria y aparcamiento subterráneo.
- Alfonso Covián (UA-02) Recuperación del patrimonio y mejora de paisaje urbano.
- La Cuesta (UA-03) justificado por su compleja topografía. Mejora de accesos.
- Albo (UA-04). Como parte del área del Puerto, está destinada a dotaciones
- El Torreón (UA-05) Residencial y dotacional
- Centro de Salud (UA-06) Restos que provienen de convenio con Ayuntamiento cuya cesión comprendió lo que hoy es el centro de Salud.
- Cobayu (UA-07) Operación de reforma interior de carecer residencial.
- FEVE (UA-08) Uso mixto residencial y zona verde, con aparcamiento.
- La Estación (UA-09) Dotacional, complementaria a la anterior.UA-08.
- El Castillo (UA-10) Dotacional de espacios libres y de equipamientos, con la posibilidad de algún uso lucrativo que permita al ayuntamiento hacerse con los suelos por cesión.
- Bellavista (UA-11) Vinculada a la UA-10. Se trata de poner orden en un conglomerado de espacios de equipamientos como sistemas generales.
- Estación-La Guía (UA-12). Sobrevenida para conseguir unos Sistemas Generales de Espacios Libres Públicos del plan vigente: NSPM1996/1997
- Dover (UA-13). Ordenación volumétrica.
El cambio de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal al Plan General de Ordenación no supone una modificación sustantiva de la ordenación del suelo, donde se aprecia una línea continuista. Cabe destacar que 18 hectáreas del nuevo Suelo Urbanizable es no sectorizado, mientras que se reduce en 11 hectáreas el Suelo Urbanizable residencial, y se aumenta en 17 hectáreas el productivo. La diferencia en la superficie total municipal se debe a una modificación de los límites municipales realizadas conforme al informe sectorial del Instituto Geográfico Nacional. De igual modo, la disminución de superficie en el SU, entre el «Estado Actual» y el PGO, se debe a la reducción de SU en la zona de marisma del Río San Pedro para ajustarlo al deslinde del DPMT y que pasa a Suelo No Urbanizable de Especial Protección.
8. Suelo No Urbanizable. Terrenos rústicos.
El Suelo No Urbanizable ocupa casi el 98% de la superficie del Concejo. Un suelo que hay que proteger de desarrollos urbanísticos, y ordenarlos para usos que podemos denominar, genéricamente, como rurales, entre los que se encuentran sus asentamientos tradicionales: 36 núcleos y 118 quintanas. El detalle de la propuesta se concreta en la cartografía utilizada (escala 1:5.000, que permite a los interesados la correcta identificación de sus parcelas, así como las fichas de cada núcleo que se contienen en el Volumen IV del PGO).
Para el desarrollo y protección de este suelo se establecen los siguientes Espacios de Planeamiento a desarrollar mediante Planes Especiales, con sus estudios de impacto ambiental (EIA) correspondientes:
Espacios de Planeamiento Incorporados (recogidos o propuesto por instrumentos de planeamiento territoriales):
- Playa de La Vega. (EPI-01). Plan ya elaborado, de acuerdo al Plan de Ordenación del Litoral de Asturias [POLA].
- Cerámica de Llovio (EPI-02). Plan recogido del PESC con posibilidad de dotarlo de una edificabilidad de 0,60 m2/m2
Espacios de Planeamiento Específico (propuestos por el Plan General):
- Tito Bustillo. (EPE-01) Integración de la cueva y el museo con su entorno.
- Camino de Santiago. (EPE-02) Consolida los elementos patrimoniales.
- Mina Ana. (EPE-03) Ordenación y mejora del entorno de la mina.
- Golf Berbes. (EPE-04) Regeneración de espacios degradados.
- Cantera de Jelgueres. (EPE-05). Ordenación y mejora del entorno
- La Güertona (EPE-06). Ordenación de un ámbito afectado rural con naves afectado por el Deslinde de costas, el POLA y PESC.
El PGO establece cinco categorías, Especial Protección, Interés, Costas, Infraestructuras y Núcleo Rural.
9. Suelo Urbanizable. Sectores de reserva.
la zona de borde (saneamiento, aparcamiento). Una parte del antiguo sector de Oreyana queda como Suelo en Reserva, a la espera de que existan condiciones para ponerlo en el mercado.
9.1 Suelo urbanizable residencial.
Los Porqueros (SPR-01) Sector de Planeamiento Remitido de Suelo urbanizable comprometido, pendiente de los trámites de aprobación de su Plan Parcial. A parte de éste, el PGO define los siguientes suelos como Sectores de Planeamiento Específico:
El Fuerte Sur. (SPE-01) Con la posibilidad de un Polideportivo municipal y aparcamientos.
Platas (SPE-02), Se trata de la parte más cercana al urbano del sector de Suelo Urbanizable recogidos en las Normas Subsidiarias como sector denominado Oreyana, que ahora se revisa. Se mantiene como urbanizable, aunque adaptado a las circunstancias de crecimiento actual.
Maos Norte. (SPE-03). Terrenos de titularidad pública, que se orientarán preferentemente a la vivienda protegida, a la vez que servirá para completar y cerrar la trama urbana, mejorando la imagen de la Villa.
Maos Sur. (SPE-04). Dotaciones como residencia de la tercera edad o viviendas tuteladas.
Lloviu (SPE-05). Sector productivo, ligado en origen al suelo apto para urbanizar de Guadamía. Se mantienen los parámetros urbanísticos de las NSPM con un tratamiento de las edificaciones similar a como hace el PESC en el SNU de Costas.
Guadamía Norte (SPE-06). Comprende cinco sectores productivos, cuatro de ellos al productivo terciario y uno al industrial.
10. La vivienda.
Actualmente existen en el Concejo 5.610 viviendas (INE 2011). La capacidad de nuevas viviendas que permite el PGO es de 2.682 viviendas, lo que es casi el mismo potencial de crecimiento contemplado por las NSPM1999 (un incremento del 45% sobre las existentes). Una de las posibilidades de crecimiento más importantes se localiza en torno a los núcleos existentes.
De igual manera se propone por iniciativa Municipal, una Reserva Regional de Suelo y Actuación Urbanística Concertada en Maos. El mayor número de viviendas previstas se asientan en los Núcleos Rurales, como establecen las Directrices Regionales. En cuanto a la vivienda protegida, la Ley establece que el 30% de la vivienda a urbanizar (no se contabilizan las de los Núcleos Rurales) tendrá algún nivel de protección oficial.
Entre SU y SUR, atendiendo al TRLSRU, debería haber un mínimo de 208 viviendas con algún nivel de protección (36 en SU y 172 en SUR). El DAPM prevé una cifra notablemente superior: 367 (81 en SU y 286 en SUR). En Suelo Urbano el Plan ofrece una capacidad de 612 nuevas viviendas, de las cuales 443 corresponden al Suelo Urbano No Consolidado.